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Tasas judiciales

Ayer entraba en vigor la ley de tasas judiciales, aunque por cuestiones formales se ha suspendido hasta que se consigan los formularios para hacer los ingresos en Hacienda. Los motivos que alega el Ministerio de Justicia para la creación de esta ley, ante una Administración de Justicia colapsada, son el de evitar el abuso judicial, y vincularla al pago de un servicio y de la Asistencia Jurídica Gratuita. Esta disposición legal injusta e inoportuna ha concitado el descontento de todos los operadores jurídicos: jueces, abogados, y procuradores, porque sólo podrán ejercitar sus pretensiones quienes gocen de recursos económicos, y los más desfavorecidos verán truncado este derecho fundamental. Con la salvedad de que aquéllas personas que no superen el doble del salario mínimo interprofesional -1.000 € aproximadamente- tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita, y por lo tanto están exentas del pago de estas tasas. Pero sí que afecta al resto de ciudadanos y clases medias, que son la mayoría. Y es que esta ley tiene un difícil encaje constitucional. Así el art. 24 establece que: “Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”. Ése “todas las personas” queda en entredicho, porque con estas tasas sólo obtendrán la tutela judicial efectiva quienes tengan recursos, y supondrá –claro que sí- una medida disuasoria para la mayoría de los ciudadanos; quebrando, a su vez, otro precepto constitucional, el art. 14: “Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna…o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Un ejemplo: reclamar en la vía civil 6.000 €, supondrá que el ciudadano pague en tasas 300 €, más 800 € si apela, un 0,5% de la cuantía, 30 €, además de los gastos de abogado y procurador, no menos de 2.000 €, mas el IVA. Aunque se justifique como tasa, se convierte de facto en un impuesto, por tener fines recaudatorios en función de la cuantía. Hay que realizar una reforma de la Justicia, sí, pero sin conculcar los derechos fundamentales de los ciudadanos, y sin asfixiar a las economías medias que no cotizan en el IBEX 35.

Javier Pereda Pereda.-